Jornada Ciudadanía Conectada

lunes, 31 de octubre de 2011

La AEPD también castiga la suplantación en las redes sociales

Aunque falsear un perfil en una red social puede constituir desde falsedad de documento público hasta un delito tipificado en el Código Penal, la Justicia no está actuando adecuadamente al respecto, según explica Carlos García-León en Expansión. Pero al menos por la vía de la AEPD se está actuando, como ya explicaba Ofelia Tejerina, de PantallasAmigas, hablando de otros problemas en la Red. Ahora la AEPD ha impuesto una multa de 2.000 euros a un usuario por suplantar la identidad de otra persona en la red Badoo. Según García-León los jueces españoles tampoco han creado jurisprudencia al respecto.

La AEPD recibió la denuncia de una particular en la que explicaba que venía recibiendo llamadas en su teléfono móvil relacionadas con un perfil supuestamente abierto por ella en la red social Badoo. En dicho perfil existían fotografías suyas, además de un texto solicitando relaciones sexuales con hombres y referencias a las supuestas preferencias sexuales de la denunciante.

Tras las investigaciones realizadas por la AEPD y la Guardia Civil se pudo identificar, a través de los ISP la dirección IP desde la que había sido creado el perfil, y que se correspondía con una cuenta telefónica perteneciente a la actual pareja de su ex-pareja.

La AEPD ha acordado imponer a la denunciada una sanción de 2.000 Euros, por una infracción grave del artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, referido al necesario consentimiento del afectado para el tratamiento de datos personales.

Pero, ¿en qué casos es delito suplantar la identidad en las redes sociales? En opinión del abogado Alejandro Touriño, podríamos hablar de tres supuestos:

  1. Si la conducta consiste simplemente en registrar un perfil falso sin utilizar los datos ni la fotografía de nadie en concreto, la acción no tiene repercusión desde el punto de vista jurídico, más allá del probable incumplimiento de los términos de uso de la red social.


  2. Si el perfil utiliza nuestra fotografía o nuestros datos, se estaría produciendo, en primer lugar un ilícito civil, por vulneración del derecho a la propia imagen reconocido por el artículo 18 de la Constitución Española.


  3. El anterior comportamiento supondría además un delito de usurpación de identidad o estado civil, previsto por el artículo 401 del Código Penal.



Fuente: Expansión

sábado, 22 de octubre de 2011

El 41% de los estudiantes gallegos de ESO publican fotos en las redes sociales

Informe do Valedor do pobo: Adolescentes e InternetBenigno López González, Valedor do pobo (defensor del pueblo) gallego presentó el pasado día 19 de octubre en Compostela un informe, pionero en Galicia, sobre los hábitos de los adolescentes en relación con Internet.

El estudio, dirigido por el profesor Jesús Varela Mallou y que lleva por título Adolescentes e Internet en Galicia tomó como base una encuesta realizada a 2.339 jóvenes de entre 11 y 18 años (de 1º a 4º de ESO, con 13,7 años de media) realizada en noviembre de 2010. De entre sus datos cabe destacar que:

  • El 52,8% de los chicos dice navegar por Internet sin control paterno y sin que les pongan ninguna pega. El 22% de quienes no usan Internet afirman que es por prohibición paterna.

  • Sólo el 11,9% de los padres controlan las fotos o informaciones que sus hijos ponen en Internet.

  • 1 de cada 4 padres nunca o casi nunca usa Internet.

  • 18,7% de los chicos presenta riesgo elevado de sufrir ciberadicción y un 5,9% muestra claros indicios de padecer ya dependencia.

  • Un 20,9% de los encuestados afirma que visita webs que no son adecuados para su edad.

  • El 40,9% publica fotos en Facebook o Tuenti.

  • El 85,1% está en alguna red social. El 40% está en 2. Usan Tuenti el 81,4%, el 57% Facebook, Twitter el 14% y MySpace el 8%. Casi la mitad de los alumnos de ESO gallegos interactúan a diario en Tuenti.

  • El 9,2% usan las redes sociales para murmurar.

  • Un 40% navegan entre las 21 y las 24 horas. Un 5,8% continúa incluso de madrugada.

  • El 15,8% se conecta a Internet habitualmente desde el teléfono móvil, el 6,6% desde lugares con acceso wifi, el 11,5% desde cíbers y el 22,7% desde casa de amigos y familiares.

  • El 61% de quienes dicen conectarse desde casa, tiene conexión en su cuarto.

  • El 29,7% de los que usan Internet son usuarios de juegos online.

  • Hay un 1,5% que se conecta a Internet para jugar en webs de apuestas.

  • El motivo para usar Internet es usar las redes sociales para el 85%.

  • El 41,9% afirma que la seguridad es uno de los aspectos de Internet sobre el que le gustaría saber más.

  • Un 63,2% dispone de webcam, aunque sólo el 19,5% la usa de manera habitual.



Según el Valedor, se constata que cuanto menos conocen Internet los padres, menos controlan el uso que hacen sus hijos, lo cual hace imprescindible una labor de educación y sensibilización para la prevención de riesgos. Afirma que es «imprescindible el esfuerzo de los padres para lograr una adecuada cultura y socialización digital» de los menores. El Valedor implica también en esta labor a los centros educativos que deben promover el uso saludable de estas tecnologías.

Los índices de ciberdependencia son los primeros que se elaboran a nivel gallego, según afirmó Benigno López.

El perfil del adolescente ciberadicto gallego o que muestra otros comportamientos de riesgo online, es el siguiente, según el informe:

  • Se conectan a Internet prácticamente todos los días.

  • Usan de media Internet 2 h/día, a partir de las 9 de la noche.

  • Tienen conexión en su habitación.

  • Usan el servicio de mensajería instantánea de Microsoft con regularidad.

  • Casi el 30% usa su webcam.

  • El 72,4% está registrado en 2 ó más redes sociales.



Los indicadores de ciberadicción se elaboraron a partir de los siguientes síntomas:

  • "Para mí es importante conectarme diariamente a Facebook, Tuenti..."

  • "Algunas veces he perdido horas de sueño por usar Internet"

  • "A veces me conecto más de lo que debería"

  • "A veces prefiero quedarme conectado/a a Internet en lugar de estar con mi familia y/o amigos/as"

  • "A veces me pongo de mal humor por no poder conectarme"

  • "Cuando estoy conectado/a siento que el tiempo vuela y cuando me doy cuenta llevo horas en Internet"

  • "He descuidado las tareas de estudio por conectarme a Internet"

  • "He dejado de hacer cosas importantes para estar conectada/o"



En cuanto a la privacidad, afirmó que la regla de oro es que los chicos «compartan información únicamente con los amigos que conozcan de fuera de la Red: del colegio o del barrio o personas conocidas por los padres y en las que confíen.»

El documento también incluye una serie de recomendaciones para los poderes públicos y las empresas de Internet, además de para las familias, y un listado de webs recomendados, entre los que se encuentran PantallasAmigas.net y varios de los webs temáticos puestos en marcha por esta iniciativa.

Fuente: Valedor do pobo



El próximo día 11 de noviembre PantallasAmigas participará en el Congreso Creo en Internet donde se tratarán varias de estas cuestiones que afectan al uso de Internet por los menores, desde la óptica de los valores y de la educación.

martes, 11 de octubre de 2011

Privacidad y Redes Sociales: etiquetas con problemas

(Artículo de Jorge Flores Fernández , director de PantallasAmigas.)

Cada vez es más sencillo y común subir imágenes a Internet. En el contexto de las redes sociales existe además la posibilidad de poner etiquetas, esto es, relacionar a personas son esas fotografías. ¿Nos hemos parado a pensar qué implicaciones puede tener esta función?

Fotografías, etiquetas y privacidad


Publicar una imagen en una red social es una acción casi cotidiana para los y las adolescentes y, en muchas ocasiones, esas fotografías se completan con etiquetas. Si subir una foto a Internet puede ser en ciertas ocasiones un atentado contra la privacidad de personas implicadas en esa instantánea ¿qué efectos puede causar el empleo de etiquetas? Veámoslo, salvando las diferencias de funcionamiento entre las distintas redes sociales, los condicionantes de configuración de privacidad de las mismas y sin pecar de exceso de detalle.

De manera sencilla, podemos decir que una etiqueta en una fotografía es una marca que relaciona esa imagen, y en particular un área rectangular de la misma, con una determinada persona. La marca se asocia, por lo general, a la zona de la fotografía donde aparece esa persona.

¿Qué ocurre cuando te etiquetan? Son dos los efectos:


  • Efecto de asociación: Si te etiquetan, te están relacionando con esa fotografía y, en particular, con un área de esa fotografía que por lo general es la zona en la que apareces. No obstante, no hay manera de asegurar esta correspondencia ya que la red social permite marcar una zona gráfica, un conjunto de pixels, que no es capaz de interpretar.

  • Efecto de difusión: Si te etiquetan, los “amigos” de tu Red Social serán avisados de que has sido etiquetado en una nueva fotografía y que para verla les basta un simple click. Tan fuerte es el efecto llamada y difusor de esta funcionalidad ligada a las imágenes que ofrecen las redes sociales que incluso los usuarios la usan para otros fines, a modo de aviso, sin atender a su original misión que es identificar a una personas en una imagen.



En definitiva, ello supone que otras personas van a tener un aviso de que tú estás relacionado con una imagen y podrían verla incluso antes de que tú supieras que esa imagen está publicada. Si tienes suerte, sabes que esa foto existe y estás implicado en la misma e incluso puedes presuponer que alguien la puede haber subido online, sea esto o no de tu agrado. Sin embargo, la etiqueta es una llamada de atención, un altavoz para la labor de pregonero de tu vida que realizan los demás y las redes sociales. De pronto, muchos “amigos” tuyos saben que pueden ver un fotograma de tu película vital.

Protección de datos personales e imágenes online.



Tu imagen es un dato personal tuyo y, como tal, la legislación sobre protección de datos personales te otorga (excepción para menores de 14 años e incapaces) la potestad de decidir sobre el uso que se hace del mismo. Además, cabe mencionar que existen datos dotados de especial protección que, por ejemplo, están relacionados con la religión, la salud o la orientación sexual.

¿Hasta qué punto es legal que una persona suba una imagen a Internet en la que puedes ser reconocido sin tu permiso? En principio, es tu dato personal, si bien existen muchas matizaciones respecto al tipo de imagen, el contexto… que no abordaremos ahora. Si tuvieras menos de 14 años o fueras incapaz, el asunto sería aún más delicado. De todo esto, podemos concluir que las imágenes online representan un reto legal.

Las etiquetas: de una imagen desapercibida a un dato personal.



No obstante, al margen de lo anterior, hay que analizar la afección de la privacidad y, en este caso, la sobreabundancia de imágenes online actúa como factor de protección: una aguja en un pajar, podría decirse. Aquí es donde las etiquetas cumplen su función y donde de forma efectiva, por tanto, destacan la presencia de esa imagen que podía haber pasado desapercibida, precisamente entre aquellas personas relacionadas contigo en la Red Social. Es ahí, en el plano cercano de tus relaciones online, cuando el dato personal se puede volver incluso más sensible y adquiere mayor alcance por el poder multiplicador del contexto de las redes. Etiquetar una fotografía supone agregar un mayor carácter de dato personal y mayor visibilidad.

Los problemas de las etiquetas



En el plano práctico, al margen de lo relacionado con la legislación de datos personales, podemos identificar escenarios concretos donde las etiquetas causan problemas de privacidad que, en muchas ocasiones, son origen y/o consecuencia de una mala convivencia digital. De igual manera, cabe señalar que estos problemas pueden ser causados de manera accidental o bien de forma intencionada.

Problemas que pueden darse tanto sin mala intención como intencionadamente:


  1. Etiquetado en un contexto inoportuno por la actitud, el lugar, el momento, la compañía…

  2. Etiquetado revelando el aspecto físico de alguien representado en la red social sin imagen o mediante un avatar.



Problemas que pueden generarse con mala intención:


  1. Insultos, ofensas públicas y amenazas, por ejemplo, relacionando a la persona etiquetada con una foto lesiva de su imagen o amenazante.

  2. Engaño para que la imagen implicada, que puede ser hiriente o desagradable, sea vista por la persona etiquetada, atendiendo a la notificación de que una etiqueta le afecta.



Algunos recursos para la prevención



La privacidad en las redes sociales y el etiquetado inadecuado en particular son retos que preocupan desde hace tiempo a PantallasAmigas ya que constituyen además un factor de riesgo para otros problemas como el grooming o el ciberbullying. Es por ello que hemos promovido muy diversos recursos educativos relacionados con en esta temática.

La “Netiqueta Joven para Redes Sociales” (septiembre 2010) presentada en la página http://www.netiquetate.com hace un intenso énfasis en la cuestión de las etiquetas.

Un recurso complementario es el vídeo “¿Tienes privacidad de verdad en las redes sociales?” (mayo 2010) publicado en nuestro canal de YouTube.



En el caso de http://www.redayneto.com (febrero 2010) buscamos con la Agencia Vasca de Protección de Datos la promoción de la cultura de la privacidad y la protección de datos personales desde edades tempranas, desde los 7 años.

Por último, las iniciativas http://www.cuidatuimagenonline.com (octubre 2010) y http://www.cuidadoconlawebcam.com (junio 2010) contribuyen a este logro en la adolescencia.



Fuente: JorgeFloresFernandez.com.

jueves, 6 de octubre de 2011

Proteger nuestra privacidad, fundamental también para evitar la sextorsión

Fiscalías y expertos en seguridad online han detectado que el chantaje a usuarios de Internet a partir de fotos de tipo sexual comienza a aumentar de manera alarmante como ya sucediera previamente en EE. UU.

A mediados de 2010 los medios de comunicación estadounidenses comenzaban a hacerse eco de un aviso lanzado por fiscales, expertos en seguridad en Internet y diversas agencias policiales: se había detectado un auge importante en el número de casos de un nuevo delito online que denominaban «sextorsión». Un año después PantallasAmigas, iniciativa española para el uso seguro de Internet, ha constatado que este problema ha llegado a los países de habla hispana tal y como habían avisado en setiembre del pasado año.

En los últimos meses los expertos de esta entidad han observado un aumento de tipo exponencial en las denuncias que reciben desde España y otros países iberoamericanos relacionadas con este delito, que típicamente afecta a usuarios que han compartido imágenes suyas desnudos (fenómeno conocido como «sexting») y que se ven extorsionadas por personas —por lo general desconocidas— que amenazan con hacer públicas dichas fotos o vídeos o con enviárselas a los contactos de la víctima: familiares, parejas, amigos, jefes... «Solamente en el pasado mes de agosto nos han llegado por nuestros diversos canales de denuncia en Internet, siete casos de este tipo, lo que supone más de la mitad de los casos recibidos durante todo 2010», ha declarado Jorge Flores, director de PantallasAmigas. Fiscalías españolas han comenzado a lanzar también la voz de alarma durante los pasados meses: «No tenemos datos estadísticos todavía y no hay una denuncia en masa de casos de este tipo —entre otros motivos porque la víctima se siente avergonzada por lo sucedido— pero es un delito que relaciona menor y nuevas tecnologías que estamos empezando a registrar», afirmó el pasado mes de mayo Gema García, fiscal delegada de Menores de Valencia. Según informó García la edad a la que se empieza a ser vulnerable a este delito es la pubertad, cuando los menores se inician en las relaciones sexuales; la mayoría de las víctimas son chicas, añadió.

Pese a no existir registros específicos sobre este tipo de delitos, entidades como PantallasAmigas realizan un seguimiento de estos nuevos riesgos tecnológicos desde su aparición en otros países para mejorar la prevención y la alerta temprana en nuestra sociedad. Así, PantallasAmigas lanzó una primera llamada de atención en los medios, ocho meses antes que la fiscalía valenciana, al tiempo que publicaba un artículo bajo el título de «Sextorsión, prácticas arriesgadas y fallos de seguridad al servicio del delito» donde presentaba al ámbito internauta hispanohablante este nuevo problema. También entonces decidió poner en marcha un sitio web específico en Sextorsion.es con explicaciones sobre el problema, cómo surge, cómo evitarlo y donde se narran casos reales, como el de un chico que se desnudó en una conversación por webcam con quien creía ser una chica, y al que exigieron enviar dinero a una cuenta en Filipinas a cambio de no publicar en Youtube una captura de dicha sesión de cibersexo. «Muchos casos siguen un patrón similar: jóvenes o adolescentes que envían fotos o vídeos suyos a alguien que acaban de conocer en Internet, sin pensar en las consecuencias. Luego los acaban chantajeando para enviar más y más pornografía, o bien los extorsionan económicamente», explica Flores. Y añade que las consecuencias no son sólo económicas o legales sino que la angustia psicológica lleva a algunas de las víctimas al borde del suicidio. Para este experto en prevención de riesgos para los menores en Internet «es un tema muy grave, y la sociedad debe conocerlo para evitarlo, sobre todo en los casos que afectan a menores de edad, por lo general más susceptibles de ser manipulados, tanto para producir las imágenes que permiten la extorsión como para ceder a las exigencias de los sextorsionadores». Según un estudio publicado por INTECO en 2010 el 8% de los menores españoles recibe de fotos o vídeos de chicos/as de su entorno en posturas provocativas o inapropiadas, niveles de sexting que coinciden con los detectados por otras fuentes como Denuncia-online.org u organizaciones mexicanas y que aún están lejos del 19% o del 34% que mostraron diversas encuestas realizadas ya en 2009 en los EE. UU. entre adolescentes y jóvenes universitarios.

Pero no siempre las víctimas producen conscientemente las imágenes que las ponen en manos de los chantajistas. Recientemente en los EE. UU. fue condenado a seis años de prisión Luis Mijangos, un mexicano que había infectado con software malicioso los ordenadores de más de cien mujeres (muchas de ellas adolescentes) de tal manera que capturaba imágenes por medio de sus webcams sin que ellas lo supieran, para después exigirles a cambio de no difundirlas, más fotos y vídeos de tipo erótico.

El objetivo del sextorsionador no es en todos los casos obtener más pornografía producida por la víctima: también es habitual que exijan un pago en dinero, o que pretendan forzar sexualmente a su víctima. En 2010 un chico de 18 de Winconsin (EE. UU.) fue condenado a 15 años de prisión por exigir relaciones sexuales a compañeros del instituto de quienes había obtenido fotos comprometedoras fingiendo ser una chica en Facebook. En Sextorsion.es advierten de que la sextorsión «tiene gran relación con el grooming en el sentido de que las personas que camelan a menores ganándose su confianza online para obtener imágenes comprometidas de ellos, buscan realizar un chantaje posteriormente con dichas imágenes, que puede tener como objeto una escalada en la producción de dicho material pornográfico o incluso cometer un abuso sexual físico». Para Jorge Flores los consejos fundamentales para no ser víctimas de una sextorsión son «no protagonizar imágenes comprometedoras y proteger nuestra privacidad y la de nuestros contactos mediante medidas activas y pasivas de seguridad en nuestro ordenador y teléfono móvil». Se evitaría así, en su opinión, que se diese alguna de las dos condiciones necesarias: que la imagen sea tomada y que la imagen llegue a manos criminales.

Más información en www.Sextorsion.es.

Fuente: Asturi.as.

lunes, 3 de octubre de 2011

La UE revisa la privacidad de las redes sociales para los menores

La Comisión Europea indica en un reciente informe que las redes sociales de Internet deberían mejorar las configuraciones de privacidad para proteger a los menores. Aunque la mayoría de los servicios y webs analizados facilita a los jóvenes información sobre seguridad apropiada para su edad, solo dos (Habbo Hotel y Xbox Live) están configuradas por omisión para que los perfiles personales de los menores solo sean accesibles para su lista de contactos.

Un primer informe de la Comisión publicado el pasado mes de junio ya constataba que la privacidad de los menores no está lo suficientemente protegida en estas redes: la mayoría de las redes sociales no garantizan que los menores solo puedan ser contactados por defecto por sus amigos. Tan solo dos webs (Dailymotion y Windows Live) disponen por omisión que los menores solo puedan ser contactados por sus amigos. En seis de los webs, los amigos de los amigos pueden acceder directamente a los perfiles de los menores.

El informe examina la aplicación de los «Principios de la UE para unas redes sociales más seguras» por parte de Skyrock, Xbox Live, YouTube, Dailymotion, Flickr, Habbo Hotel, Stardoll, Windows Live, Yahoo! Pulse y las pruebas tuvieron lugar entre marzo y junio de 2011.

La Comisión Europea está revisando actualmente la protección de los niños en Internet especialmente para evitar riesgos como la captación de menores o el ciberacoso, como uno de los objetivos fijados en la Agenda Digital para Europa.

Fuente: EuroAlert